A- de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Claimant Sandra Erialet Martinez Alba·Respondent Porvenir S.A. Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado Promiscuo Municipal de Tocancipá.
Considera la Corte que el conflicto debe resolverse a favor de aquel despacho judicial que hubiese escogido la parte accionante, siempre que se respeta alguna de las reglas decantadas por la Corporación en cuanto al factor territorial de competencia.
Se recuerda igualmente que, con fundamento en el principio perpetuatio jurisdictionis, en el momento en el que un despacho judicial avoca el conocimiento de una acción de tutela, siempre que sea competente, no puede ser alterada dicha competencia ni en primera ni en segunda instancia.
En este asunto se respeta la elección del accionante y se remite el expediente al Juzgado de la ciudad de Bogotá, para que de forma inmediata tramite la impugnación y profiera la decisión de fondo que corresponda respecto del amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 31 de octubre del año 2016, que profirió el Juzgado Trece Penal del Circuito de Bogotá (con función de conocimiento), mediante el cual anuló la actuación surtida por el Juzgado Trece Penal Municipal de Bogotá (con función de control de garantía) y se declaró incompetente para conocer de la acción de tutela presentada por Sandra Erialet Martínez Alba contra Porvenir S.A. y la EPS Coomeva.
- Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado Trece Penal del Circuito de Bogotá (con función de conocimiento) para que, de forma inmediata, tramite la impugnación y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado Promiscuo Municipal de Tocancipá (Cundinamarca), la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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